30/10/2020
La teleasistencia en tiempos de coronavirus se ha convertido en un servicio más esencial que nunca al ofrecer atención permanente e identificando y dando soporte a personas en situación de vulnerabilidad. Pero a pesar de que este servicio es una de las principales ayudas que hay para personas mayores, todavía mucha gente desconoce su funcionamiento o tiene múltiples dudas sobre el servicio.
Por eso nosotros, como una de las empresas de teleasistencia con mayor trayectoria, en el siguiente post queremos aclarar una de las preguntas más recurrentes sobre el servicio: ¿cuáles son los requisitos para solicitar teleasistencia?
Aunque seguramente hayas oído hablar de ella alguna vez, es posible que aun te preguntes qué es la teleasistencia exactamente. Este servicio permite contar con atención inmediata las 24 horas del día ante cualquier emergencia y con solo pulsar un botón. Así, su principal objetivo es mantener la autonomía e independencia de los usuarios pero al mismo tiempo velar por su seguridad y la tranquilidad de los suyos.
Pero, ¿qué requisitos tiene la teleasistencia? Si quieres contratar el servicio con nosotros, no necesitas ninguno, puedes solicitar teleasistencia a través de nuestra web, en nuestras oficinas o llamando gratis al 900 835 840. ¿Por qué así de fácil? Porque nos adaptamos a ti.
Si, por el contrario, quieres solicitar el servicio municipal, sí existen requisitos para la teleasistencia debiendo rellenar los formularios correspondientes y presentándolos a Servicios Sociales. Este servicio además, suele requerir el empadronamiento en la región de solicitud y puede existir lista de espera para su concesión.
La facilidad de uso de la teleasistencia y su utilidad en la atención de emergencias las 24 horas del día la convierten en el servicio ideal para cualquier persona que quiera tener el apoyo de un grupo de profesionales que le transmitirán tranquilidad y atenderán inmediatamente ante cualquier incidencia.
Estas características son aplicables en la teleasistencia privada donde cualquier persona puede ser beneficiaria del servicio. Sin embargo, el servicio de teleasistencia público se dirige especialmente a aquellas personas en situación de vulnerabilidad o bien por razón de edad (mayor de 65 años), o por presentar algún nivel de dependencia, estar en riesgo de aislamiento social...
La teleasistencia, o cualquier otro servicio, requiere de una serie de trámites y documentos que debemos cumplimentar para su correcta formalización. La documentación se convierte así en uno de los pasos más temidos, al tener que comprobar que tenemos todo lo necesario y correctamente cumplimentado, pero en realidad este proceso es mucho más sencillo de lo que pensamos existiendo también en este campo algunas diferencias entre la teleasistencia pública y privada.
Esto es así porque los organismos públicos necesitan cierta información para verificar la situación de la persona solicitante y comprobar que esta cumple los requisitos para solicitar la teleasistencia y poder concedérsela. Aunque los documentos a presentar para formalizar la solicitud dependerán de cada Ayuntamiento, por regla general es necesario realizar la solicitud de dependencia al Centro Municipal de Servicios Sociales correspondiente y aportar la documentación que estos te pidan siendo los más habituales el DNI, el formulario debidamente completado, información económica de la unidad familiar o una aceptación de los términos y condiciones del servicio.
En el caso de la teleasistencia privada la documentación a presentar tiene un carácter contractual. En este sentido, el usuario recibe el contrato de teleasistencia donde figuran los términos y condiciones del servicio así como los anexos correspondientes donde se le informa de las especificaciones del servicio prestado y las condiciones económicas. Para solicitar teleasistencia privada, el usuario solo debe firmar el contrato y aportar los datos que se le solicitan así como el nombre y contacto de las personas familiares o del entorno a las que se debe avisar en caso de emergencia.
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